Comunicado referente a la Ley 13.441 ( 07/04/15)

A 40 años de nuestra Ley de Contrato de Trabajo, nadie puede desconocer que en nuestro País el otorgamiento de los Derechos Laborales, surgió por principios rectores del Socialismo, el Radicalismo y el Peronismo, representados en  figuras históricas.-

La jornada de trabajo fue el derecho rector de los demás, que vendrían a reivindicar a los trabajadores.-

Dentro de la jornada de trabajo, el Derecho al Descanso Dominical fue el valuarte del constitucionalismo social, con el principio medular que fue la Justicia Social.-

En la década del 90, llego la “Inconstitucional” desrregulación horaria, de la cual se adueñan las grandes cadenas de supermercados, en un principio extranjeros, y luego imitan los locales, avasallando el derecho elemental del Descanso Dominical y la explotación sin control de los Trabajadores no solo de Comercio, sino en General.-

Fue desde ese momento que desde el Sindicato de Empleados de Comercio de Cañada de Gómez, y demás Organizaciones Hermanas del sector, se comenzó con una lucha constante por el cumplimiento de la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO que consagra el DESCANDO DOMINICAL en su Art. 204; objetivo cumplido en nuestra ciudad, POR ACUERDO CON TODOS LOS SUPERMERCADOS DE CAÑADA DE GOMEZ DESDE LA CAMARA QUE LOS AGRUPA, salvo uno de ellos, que ante el acuerdo del resto de sus pares del ramo, vio la posibilidad de acrecentar sus ingresos con una competencia desleal, y el trabajo plasmado de irregularidades de sus dependientes.-

Dan muestra de lo precedentemente expuesto sobre dichas anomalías laborales, las innumerables inspecciones realizadas desde la Organización Sindical, con el Ministerio de Trabajo Local, Provincial y Nacional.-

Desde ambas Cámaras del Congreso de la Provincia de Santa Fe, se sanciona una Ley de Apertura y Cierre de Comercios y por facultad autónoma de los Municipios se determina en su Art. 9 la adhesión a la misma por parte de cada uno de ellos.-

De este modo, se reivindica a los trabajadores de todos los comercios que abarcan a los Mercantiles, con su Descanso Dominical comprendidos en la ley 13.441.-

En nuestra ciudad de Cañada de Gómez, El Concejo Municipal en su última Sesión Ordinaria del año 2014, Sanciona una Ordenanza de Adhesión a dicha Ley de CIERRE DOMINICAL.-

Ante presiones ejercidas por parte de la empresa antes mencionada, el Concejo Deliberante de esta ciudad, decide otorgar mediante otra Resolución una prórroga de 90 días para la puesta en vigencia de la misma.-

Posteriormente y muy a nuestro pesar nuevamente, el avance incesante con presiones de dicha empresa, vuelven a otorgar desde dicho Cuerpo una nueva prórroga por 90 días más.-

Es por ello que la COMISION DIRECTIVA, en su totalidad de la Asociación Empleados de Comercio de Cañada de Gómez, MANIFIESTAN su absoluto desacuerdo y descontento a dichas Resoluciones, que en beneficio de unos pocos, con total falta de solidaridad, demuestran la falta de respeto al resto de Trabajadoras y Trabajadores Mercantiles de nuestra ciudad y de la zona, como así también al resto de los comerciantes que vienen respetando el acuerdo, suscripto con la Asociación Empleados de Comercio de Cañada de Gómez, el día 30 de Abril de 2007.-

Cañada de Gómez, 7 de Abril de 2015.-